Ley Antilavado y bienes raíces: lo que cambia a partir del 30 de noviembre
Las nuevas Reglas de Carácter General no modifican los montos de reporte, pero sí elevan el nivel de exigencia para quienes venden, rentan o desarrollan inmuebles.
De dónde viene el cambio
En julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado. Entre otros cambios, amplió la definición de beneficiario controlador, extendió de cinco a diez años el plazo para conservar la documentación y endureció las sanciones.
Para aterrizar esa reforma, el 7 de agosto se publicaron nuevas Reglas de Carácter General. Son estas reglas las que cambian el día a día de inmobiliarias, desarrolladores y particulares que realizan actividades vulnerables.
Lo que no cambia
Los montos a partir de los cuales una operación debe reportarse a la autoridad y la lista de operaciones reportables se mantienen. La diferencia está en cómo se debe conocer al cliente y documentar cada operación.
Lo que conviene tener presente
- Efectivo: la compraventa de un inmueble por 8,025 UMA o más no puede liquidarse en efectivo. Con la UMA de 2026 ($117.31 diarios), equivale a poco más de $941,000.
- Identificación: debe integrarse un expediente de cada comprador, aunque la operación no llegue al umbral de aviso.
- Beneficiario controlador: hay que identificar a la persona física que realmente se beneficia de la operación, no solo a quien firma.
- Conservación: la documentación de soporte se guarda durante diez años.
Calendario de cumplimiento
- 30 de noviembre de 2026: entrada en vigor de las nuevas reglas.
- 1 de marzo de 2027: metodología de análisis de riesgo, manual de políticas y clasificación de clientes en tres niveles.
- 1 de junio de 2027: mecanismo de monitoreo de operaciones.
- Los avisos se siguen presentando, a más tardar, el día 17 del mes siguiente a la operación.
Qué hacer desde hoy
Si compras, ten a la mano identificación oficial, comprobante de domicilio, constancia de situación fiscal y documentos que acrediten el origen de los recursos. Te los van a pedir, y es buena señal que lo hagan.
Si vendes, rentas o desarrollas de forma habitual, revisa si tu actividad es vulnerable y comienza a preparar tu manual y tu metodología de riesgo antes de las fechas límite.
Fuentes
- Singular Law — Reglas de Carácter General de la Ley Antilavado (LFPIORPI) para el sector inmobiliario
- EY México — Reforma a la Ley Antilavado 2025: nuevas obligaciones
- IDC Online — Valor UMA 2026: INEGI publica nuevos montos
Este artículo es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Montos y plazos pueden cambiar; consulta tu caso con un abogado.

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